Debido al gran número de perros de razas consideradas PPP o sus cruces que abarrotan las Protectoras, y con el fin de fomentar la adopción, en Sabadell, se ha modificado la ley de las licencias y ya no será necesaria una licencia para cada perro PPP del núcleo familiar (lo que hasta ahora sucedía), sino que una misma licencia sirve para varios perros ya que pasa a ser nominal del propietario (hasta ahora la licencia se vinculaba al chip del perro).
Es decir, has de hacer el trámite con el primer animal, pero en caso de querer adoptar un segundo o tercero, ya no será necesario sacarse el psicotécnico ni pedir los penales.
Eso si, todos los perros deberán tener su cartilla veterinaria, chip, seguro y deben estar censados.
También recordar que los “conductores” deberán disponer de su correspondiente licencia (que también servirá para varios perros).
Información y trámites para la tenencia de PPP
Para aquellos que tengan, o estén pensando en añadir a un animal tildado de Perro Potencialmente Peligroso (PPP), hay una serie de trámites y requisitos que debéis cumplir.
Chip y vacunas: sea de la raza que sea, la obligación del propietario es ponerle el chip y vacunar al animal.
Seguro de Responsabilidad Civil: hay que contratar un seguro que cubra los daños que el animal pudiera causar y las indemnizaciones que de ello se derivarían. En Sabadell está en un mínimo de 150.000 euros.
Test Psicotécnico: los propietarios de PPP están obligados a pasar un test similar al que se hace para la obtención del permiso de conducir, y se puede hacer en los mismos centros de reconocimientos médicos.
Tramitar la licencia: una vez hechos los pasos anteriores hay que acudir a las oficinas de atención al ciudadano, o centro cívico correspondiente con la fotocopia del psicotécnico, el recibo del seguro (pagado y sellado) y la cartilla (para que vean que esta al día de vacunas y que tiene chip).
Una vez allí hay que firmar un papel asegurando que no se tiene antecedentes penales (en caso de tenerlos no se tramita la licencia) y hay que censar al perro.
Es importante censar y pedir la licencia al mismo tiempo.
La licencia se debe empezar a tramitar tan pronto como el perro llegue a casa ya que en el momento en que pise la calle la policia ya puede requerirte sus papeles.
Hay dos tipos de licencias: la del propietario o la del conductor, que es una licencia adicional para la otra/s persona/s que también saquen a pasear al perro eventualmente.
Atención:
El censo SOLO SE PAGA 1 VEZ, cuando se tramita la licencia.
La Licencia del Conductor se paga igual que la del propietario.
Ningún menor de edad puede pasear a un perro clasificado como PPP (infracción muy grave según la ordenanza municipal)
Legislación vigente sobre la tenencia de animales
Es muy importante conocer la normativa referente a nuestros animales de compañía.
El orden de sistema legislador sería el siguiente:
Ordenanza municipal sobre la tenencia de animales (Sabadell)
Infracciones leves, con una multa de hasta 400€
No llevar a nuestra mascota identificada correctamente.
No recoger las heces y dejarlos miccionar en las fachadas.
Infracciones graves, con multas de 401 a 2.000€
No vacunar al animal o no proporcionar tratamiento sanitario necesario.
Pasearlos sin correa.
No proporcionar alimentación necesaria y/o tenerlos en condiciones higiénico- sanitarios deficientes.
Abandonar a un animal, si no supone daños
Venta ambulante de animales.
Infracciones muy graves, la multa va de 2.001 a 20.000€
Abandonar a un animal, si puede comportar daños graves para él.
Maltratar o agredir gravemente al animal.
Organizar y/o asistir a peleas de perros, gallos...
REFERENTE A LOS PPP:
La ordenanza sanciona con:
Faltas leves (de 60 a 150€):
No disponer en la vía pública de la licencia administrativa pertinente. (recordamos que es necesaria siempre que se pasee al animal)
Faltas graves(de 151 a 1.500€):
No disponer de seguro de responsabilidad civil.
Llevar el perro suelto y/o sin bozal
Que un menor los pasee.
Para consultar la ordenanza completa, http://ca.sabadell.cat/pdf/normativa/33.pdf
Ley 4/2015
Sanciona de 100 a 600€:
Dejar sueltos o en condiciones que puedan daños animales feroces o dañinos, así como abandonar animales domésticos en condiciones en la que pueda peligrar su vida.
Código Penal
Sistema con el que se podría conseguir que una persona entrara en prisión por maltratar a un animal
El que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de 3 meses a un 1 de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.
También tendrá pena la explotación sexual contra los animales (zoofilia) con una pena de 3 meses a 1 año de prisión, así como el maltrato de animales en espectáculos no autorizados legalmente como pueden ser las peleas de gallos y perros, penado de 6 meses a 2 años de cárcel.
El Código Civil también especifica la responsabilidad civil que tenemos ante los daños que ocasionen nuestros animales, ya sea por ataques o por que se han escapado y han provocado un accidente. El dueño del animal se hará cargo de los gastos e indemnizaciones pertinentes, excepto cuando el daño proviniera de fuerza mayor o fuera culpa del que lo ha sufrido.
Si ves cualquier acto de maltrato animal, ¡denuncia!
INFORMACIÓN DE SU INTERÉS
Cómo proceder cuando encuentras un animal abandonado o piensas que lo puede estar:
Llevar al animal al veterinario para comprobar lleva chip y localizar a sus propietarios.
Si no lleva chip (o no se puede leer), se debe llamar a la Protectora más cercana de donde se ha encontrado el animal, la cual vendrá a buscarlo.
Y porque hay que llevarlo a la protectora?
En Cataluña hay dos tipos de chip:
ANICOM(que es la base de datos de la Generalitat y que solo puede leerse en Cataluña)
AIAC (del Col.legi de Veterinaris) que esta enlazado con el REIAC (base de datos a nivel estatal).
Eso provoca que a veces un veterinario no pueda leer el chip de ANICOM y por eso es MUY IMPORTANTE que llevéis el perro a la protectora, porque ellos si disponen de los dos lectores.
Si las protectoras están cerradas, podemos llamar o llevar el perro a comisarías de policía, ya que entre sus funciones está la de recoger y responsabilizarse del animal hasta que pueda ser llevado a la Protectora.
En Sabadell, existen diferentes asociaciones a las que también se puede pedir ayuda, como la Brigada Animal de Sabadell (BAS), Aspa… Además de una Regidoria de Benestar Animal a la que poder pedir asesoramiento.
Venta ilegal:
La venta de animales sin disponer de núcleo zoológico (ya sea por parte de criadores ilegales o particulares) esta prohibida en Cataluña por el Decret Legislatiu 2/2008 del 15 de abril.
Para hacer una denuncia de este tipo hay que presentar una instancia al Ayuntamiento del lugar de la venta, normalmente al departamento de Salud, dando cuantos más datos del vendedor mejor (nombre, telefono, dirección…)
También se puede denunciar al Seprona.
Si la venta se anuncia en alguna publicación tipo Milanuncios, Segundamano, Wallapop… aparte de a las autoridades también hay que denunciar la publicación a los administradores ya que no se permite en la página web.
En CRM AVINGUDA, nos encargamos del test psicotécnico necesario
Sin cita previa.
Horario: de lunes a viernes de 9:30 a 13 y de 17 a 20 horas
Avinguda Matadepera, 38 local 19 (Galerías Center, Sabadell Nord)
Teléfono: 930135060
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